SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1811/2013
Fecha: 21-Oct-2013
II.10.
II.10. Por memorial de 28 de noviembre de 2012, Harold Alexander Medrano Cueto, instauró querella criminal contra la Jueza ahora demandada, por la presunta comisión de los delitos de anticipación o prolongación de funciones, prevaricato, negativa o retardo de justicia, incumplimiento de deberes y prolongación de sanción, argumentando dicha situación, conforme el art. 316.11 del CPP; mediante memorial de 28 del mismo mes y año, dedujo recusación contra la autoridad querellada, aspecto por el cual, la Jueza ahora demandada, pronuncio Resolución de 29 de noviembre de 2012, desestimando la indicada solicitud de recusación, disponiendo la remisión de antecedentes ante el Tribunal superior en grado (fs. 155 a 159).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho al debido proceso
- III.3. Fundamentación y motivación de las Resoluciones como elementos del debido proceso
- III.4. En cuanto a la seguridad jurídica
- III.5. De la finalidad del beneficio de la suspensión condicional de la pena
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR