Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1870/2013
Fecha: 29-Oct-2013
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada, ordenando lo siguiente: a) La nulidad del Auto de Vista 30/13 de 28 de enero de 2013; b) Que el Tribunal de alzada dicte un nuevo Auto de Vista disponiendo que el Juez a quo con carácter previo a dictar sentencia se pronuncie con relación al recurso de reposición interpuesto por el apelante; y, c) Sea con costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la legitimación activa consiste en la identidad de la persona del sujeto activo con la persona a la cual la ley concede el derecho de la acción constitucional
- requisitos esenciales de la legitimación activa, que el accionante demuestre la concurrencia de un agravio personal y directo a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR