Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1870/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.6.
II.6. Carlos Benigno Saavedra Romero, el 6 de febrero de 2013, solicitó enmienda y complementación, ante la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, indicando que se ha omitido el pronunciamiento sobre el “primer agravio” objeto de apelación, referente a la abstracción deliberada y no resuelta del juez a quo del recurso de reposición bajo alternativa de apelación, mediante memorial de 12 de octubre de 2012 (fs. 40 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la legitimación activa consiste en la identidad de la persona del sujeto activo con la persona a la cual la ley concede el derecho de la acción constitucional
- requisitos esenciales de la legitimación activa, que el accionante demuestre la concurrencia de un agravio personal y directo a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR