SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1870/2013
Fecha: 29-Oct-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso, y los principios de congruencia y legalidad, ya que dentro del proceso ejecutivo instaurado por Piedades Patricia López de Jiménez en representación legal de Oscar René Jiménez Castro contra su persona, las autoridades demandadas al emitir el Auto de Vista 30, no se pronunciaron con relación al primer agravio demandado en el recurso de apelación presentado por el ejecutante, en el que alega una falta procedimental del Juez a quo, quien procedió a dictar sentencia sin haber resuelto el recurso de reposición bajo alternativa de apelación, por ello considera que es un acto ilegal e indebido que vulnera los principios constitucionales señalados anteriormente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la legitimación activa consiste en la identidad de la persona del sujeto activo con la persona a la cual la ley concede el derecho de la acción constitucional
- requisitos esenciales de la legitimación activa, que el accionante demuestre la concurrencia de un agravio personal y directo a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR