Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1870/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.5.
II.5. A través de Auto de Vista 30 de 28 de enero de 2013, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, revocó parcialmente la sentencia objeto de apelación, consiguientemente declaró “…PROBADA la demanda ejecutiva presentada por Piedades Patricia López Jiménez en representación de Oscar René Jiménez Castro; e IMPROBADA la excepción de falta de fuerza ejecutiva planteada por Carlos Benigno Saavedra Romero…” (sic) (fs. 37 y 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la legitimación activa consiste en la identidad de la persona del sujeto activo con la persona a la cual la ley concede el derecho de la acción constitucional
- requisitos esenciales de la legitimación activa, que el accionante demuestre la concurrencia de un agravio personal y directo a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR