SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1870/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1870/2013

Fecha: 29-Oct-2013

“improcedencia”

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 168/2013 de 6 de junio, cursante de fs. 66 a 67 vta., dispuso la “improcedencia” de la acción, en base a los siguientes fundamentos: i) Los agravios que se denuncian a través de la presente acción no le pertenecen al accionante, más bien es un derecho que le corresponde a Piedades Patricia López Jiménez, que se encuentra en calidad de representante del tercero interesado, quien presentó el recurso de reposición y apeló; y, ii) No se ingresó al fondo del asunto, ya que existe un tema de legitimidad que debió ser observado por el Tribunal a tiempo de admitir la presente acción de defensa.