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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2013

    Fecha: 29-Oct-2013

    I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados

    El accionante alega la vulneración de los derechos de sus representados al debido proceso en su elemento de valoración razonable de la prueba, congruencia y motivación y a la defensa; así como el principio de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 9.2, 115.II, 117.I y 178.I  de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • el objeto
    • III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
    • Fragmento 16
    • III.2. Del proceso civil, las etapas y  los principios que la rigen
    • excepto cuando existiera irregularidad procesal reclamada oportunamente y que viole su derecho a la defensa conforme a ley'”
    • la segunda cuando en conocimiento del acto defectuoso, no lo impugna por los medios idóneos (incidentes, recursos, etc.), dentro del plazo legal
    • la nulidad sólo procede ante irregularidades procesales reclamadas oportunamente en la tramitación de los procesos.
    • CONFIRMAR

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