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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1873/2013

    Fecha: 29-Oct-2013

    II.4.

    II.4.  Contra la Sentencia de 19 de noviembre de 2007 y el Auto complementario de 29 del mismo mes y año, Florencia Guzmán Arispe ahora tercera interesada, interpuso recurso de apelación, solicitando la revocatoria de la Sentencia apelada, y se declare improbada la demanda principal y probada la demanda reconvencional así como las excepciones opuestas y/o proceder a anular la causa hasta el vicio más antiguo (fs. 278 a 294 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • el objeto
    • III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
    • Fragmento 16
    • III.2. Del proceso civil, las etapas y  los principios que la rigen
    • excepto cuando existiera irregularidad procesal reclamada oportunamente y que viole su derecho a la defensa conforme a ley'”
    • la segunda cuando en conocimiento del acto defectuoso, no lo impugna por los medios idóneos (incidentes, recursos, etc.), dentro del plazo legal
    • la nulidad sólo procede ante irregularidades procesales reclamadas oportunamente en la tramitación de los procesos.
    • CONFIRMAR

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