SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2037/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2037/2013

Fecha: 18-Nov-2013

II.1.

II.1.  Cursa Dictamen Jurídico DJ-CCP 004/2009 de 12 de enero, emitido por el Responsable Jurídico de la ex-Superintendencia Forestal de Pando, por el cual dictaminó lo siguiente: i) Iniciar Sumario Administrativo contra José Alberto Velasco Barboza, propietario del predio denominado “San Francisco” por existir indicios de la presunta comisión de la infracción forestal de desmonte sin autorización, de una superficie de 7 864,95 ha, cuya prohibición se encuentra prescrita y sancionada en los arts.  86, 87 y 96.I de la Ley Forestal (LF), concordante con el art. 35 de la Ley referida y los puntos 3.1 y 2 y 5.1 de la Resolución Ministerial (RM) 131/97 de 9 de junio de 1997; ii) Aperturar de conformidad con el art. 82 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) y el art. 10 de la Directriz Jurídica IJU I/2006, un periodo de prueba de quince días hábiles administrativos, para que los administrados asuman defensa y presenten las pruebas de descargo que crean convenientes; iii) Se ordene la suspensión de todo desmonte no autorizado por la Superintendencia Forestal en cumplimiento del art. 22 incs. a) y f) de la LF; iv) En caso de no apersonarse ante la institución se proceda a publicar mediante edicto de prensa el Auto de apertura de sumario administrativo; y, v) Advertir al sumariado que dicho Auto Administrativo, puede ser impugnado en el término de tres días hábiles a partir de su legal notificación (fs. 20 a 23).