SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2044/2013
Fecha: 18-Nov-2013
Fragmento 21
Como así se constata en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que la apelación incidental interpuesta en la audiencia conclusiva tiene efectos suspensivos respecto al juicio oral; sin embargo, se evidencia que el proceso penal seguido contra el accionante, se encuentra en el juicio oral justamente por las determinaciones erradas asumidas por las autoridades ahora demandas, razón por la cual, ya encontrándose en otra etapa, no resultaría correcto el retrotraer el proceso nuevamente a la audiencia conclusiva a la espera de que se resuelva únicamente la apelación incidental, desconociendo así o anulando los actos preparatorios al juicio y de la propia audiencia de juicio como tampoco sería aceptable que la audiencia se suspenda; en todo caso, en el marco de los principios de unidad y continuidad que caracteriza el juicio oral y el propio sistema procesal penal, la audiencia debe continuar sin interrupción a no ser que posteriormente el resultado de la apelación incidental tenga efectos suspensivos o de otra naturaleza.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- III.3. La garantía del debido proceso, su alcance y protección
- III.4. Excepciones e incidentes en la audiencia conclusiva. El recurso de apelación incidental y su efecto suspensivo en dicha audiencia
- Fragmento 17
- III.5. Análisis del caso concreto
- Actuación de la Jueza de Instrucción Cautelar en lo penal
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- REVOCAR
- 1° CONCEDER