Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2044/2013
Fecha: 18-Nov-2013
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el ahora accionante Félix Edgar Cardozo Sainz y “otros”, por la presunta comisión del delito de uso indebido de influencias y “otros”, en la audiencia conclusiva planteó la excepción de prejudicialidad, que fue resuelta por Auto Interlocutorio 431/2012, por la que declaró improbada la excepción, con el advertido a las partes que puedan hacer uso del recurso de reserva de apelación restringida de la sentencia, habiendo manifestado la defensa el uso de la misma (fs. 32 a 36).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- III.3. La garantía del debido proceso, su alcance y protección
- III.4. Excepciones e incidentes en la audiencia conclusiva. El recurso de apelación incidental y su efecto suspensivo en dicha audiencia
- Fragmento 17
- III.5. Análisis del caso concreto
- Actuación de la Jueza de Instrucción Cautelar en lo penal
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- REVOCAR
- 1° CONCEDER