SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2047/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2047/2013

Fecha: 18-Nov-2013

denegó

Por Resolución 292/2013 de 19 de junio, cursante de fs. 225 a 228, la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: a) Por imperio del art. 109 del CPP, solo los defensores estatales pueden representar a su defendido en todas las instancias; norma procesal que no alcanza a los abogados particulares para que puedan presentar recursos sin poder, resultando además, que la defensa es personal en materia penal; b) Por confesión del propio accionante, contrató los servicios profesionales de un abogado particular, quien no estaba facultado para interponer el recurso de casación sin la intervención y consentimiento del imputado, quien si bien confirió poder de representación, de acuerdo a la norma citada anteriormente, no se traduce en suficiente para la admisión del recurso de casación; y, c) Finalmente, no se acreditó de modo alguno que estuviera comprometida la imparcialidad de las autoridades demandadas.