SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2047/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2047/2013

Fecha: 18-Nov-2013

el objeto

En este estado de cosas, corresponde ahora precisar con claridad el objeto y causa de la presente acción; en ese orden, se tiene que el objeto de la activación de este mecanismo de defensa, es la petición de tutela constitucional para el resguardo de los derechos al debido proceso y a la defensa, como también de los principios de impugnación de las resoluciones, de juez natural y de seguridad jurídica; asimismo, la causa, es decir, los actos denunciados como lesivos a los derechos de la parte accionante, en el caso concreto, son: i) Que los Magistrados demandados, a través del Auto Supremo 449/2012, declararon la inadmisibilidad del recurso de casación, por haber sido interpuesto únicamente a través del abogado apoderado del accionante, no obstante que el art. 349 del CPP, no establece expresamente esta prohibición; y, ii) El referido Auto Supremo, carece de fundamentación legal al sustentarse en otras dos resoluciones de rango similar con las que no guarda analogía.