SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2077/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2077/2013

Fecha: 18-Nov-2013

II.4.

II.4.  De acuerdo a los arts. 353 y 354 del CPP, el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil, el 15 de enero de 2001, calificó el proceso como ordinario de hecho sujetando la causa al plazo probatorio de cincuenta días comunes y perentorios a las partes, estableciendo los puntos a probar (fs. 24 vta.).