SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2196/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2196/2013

Fecha: 25-Nov-2013

III.6. Respecto a la procedencia de la indexación, actualización y reajuste

Así, la SCP 0342/2013 de 18 de marzo, respecto  a la indexación y actualización, estableció que: “…es el mecanismo para garantizar la actualización de una retribución salario, cuando por diferentes circunstancias, ésta se la hace efectiva con posterioridad a la fecha prevista, con la finalidad de mantener su poder adquisitivo.

En cuanto a su definición, el Tribunal Constitucional, a través de la SC 0883/2011-R de 6 de junio estableció que es: ´«…un concepto necesario en lo económico y en lo jurídico para referirse a la variabilidad que se establece en las obligaciones a plazos o de tracto sucesivo con paralelismo mayor o menor con respecto a las desvalorizaciones monetarias o el alza en el nivel de precios o de costos» (Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo IV. Guillermo Cabanellas). Persiguiendo el ciclo de la paridad económica entre el pasado y el presente, a fin que los acreedores a término no experimenten la ´estafa legal’ de ser pagados con igual moneda, pero falsificada ya en su capacidad adquisitiva.