SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2263/2013
Fecha: 16-Dic-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración al debido proceso en su vertiente de fundamentación y en lo referente a la garantía procesal del non bis in ídem, además del derecho a la defensa y la inobservancia del principio de seguridad jurídica, consagrados en los arts. 115.II, 117.II y 180 de la CPE, en relación con los arts. 4 (PERSECUCIÓN PENAL ÚNICA) y 45 (INDIVISIBILIDAD DE JUZGAMIENTO) del CPP, esto a consecuencia de que la Sala Penal Segunda revocó mediante Auto de Vista de 17 de abril de 2013, el Auto de 27 de noviembre de 2012, emitido por el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, disponiendo que ambas investigaciones se tramiten por cuerda separada, con lo que se consolidaría la vulneración al non bis in idem, permitiéndose que se le procese dos veces por un mismo hecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a.
- b.
- c.
- d.
- e.
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Derecho a la motivación y fundamentación en las resoluciones
- III.1.2. Derecho
- III.1.3. La garantía del non bis in ídem
- III.2. El principio de seguridad jurídica en las acciones de tutela
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte