SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2263/2013
Fecha: 16-Dic-2013
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante alega la vulneración al debido proceso en su vertiente de fundamentación y en lo referente a la garantía procesal del non bis in ídem, además del derecho a la defensa y la inobservancia del principio de seguridad jurídica, consagrados en los arts. 115.II, 117.II y 180 de la CPE, en relación con los arts. 4 (PERSECUCIÓN PENAL ÚNICA) y 45 (INDIVISIBILIDAD DE JUZGAMIENTO) del CPP, esto como resultado de la emisión del infundado e inmotivado Auto de Vista 56 de 17 de abril de 2013, por parte de los Vocales demandados, en cuya virtud se revoca el Auto de 27 de noviembre de 2012, emitido por el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, disponiendo que se prosigan por cuerda separada las dos investigaciones abiertas en su contra, una por delitos comunes y otra por delitos contra los intereses del Estado, permitiéndose que se le procese dos veces por un mismo hecho en clara vulneración a la garantía de non bis in idem y, con ello, el principio de seguridad jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a.
- b.
- c.
- d.
- e.
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Derecho a la motivación y fundamentación en las resoluciones
- III.1.2. Derecho
- III.1.3. La garantía del non bis in ídem
- III.2. El principio de seguridad jurídica en las acciones de tutela
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte