AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2013-RCA

Fecha: 01-Feb-2013

correspondiéndole en el caso presente, al juez dar cumplimiento a dicha disposición

Por otro lado; el accionante, al impugnar la decisión de la autoridad jurisdiccional, sujeto al art. 33.7 del CPCo, señaló que el expediente original se encontraba en el Juzgado Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la Departamental de Tarija, pidiendo se ordene sea remitido al Tribunal de garantías, correspondiéndole en el caso presente, al juez dar cumplimiento a dicha disposición, acto que también fue omitido por su parte.