AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2013-RCA

Fecha: 01-Feb-2013

Solicita se conceda la tutela, disponiendo se declaren nulos

Al respecto, la parte accionante indicó que dentro el proceso de nulidad de contrato de venta de la fábrica de alcoholes “El Minero”, por parte de las hermanas Nelly y María Luisa Quiroga Vedia, en favor de Julio Fernando Granier Ortiz y Beatriz Vásquez de Granier, cuyo documento de compra venta suscrito entre las partes, sirvió de base para la emisión del Auto de Vista 45/2007 de 21 de mayo, (fs. 887 a 889 vta.) pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial, hoy Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró improbada en todas sus partes la demanda, por no haber lugar a la nulidad de ventas realizadas por las hermanas del accionante. Por otra parte, el Auto Supremo 91 de 15 de junio de 2012 (fs. 968 a 973 vta.) pronunciado por la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, que entre otras cosas, señala que, la venta realizada por las demandadas, tiene plena validez según lo establecido por los arts. 1540.1 y 1542.1 del CC por encontrarse registrado en dependencia pública, por cuanto declaró el mismo infundado; que según argumenta el accionante, vulneran su derecho al debido proceso.