Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 029/2013-RCA-SL
Fecha: 14-Feb-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 13/11 de 30 de marzo de 2011, cursante de fs. 239 a 240, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Noemí María Caballero Trujillo contra Ramiro Cuentas Delgadillo, Rubén Ustariz Arandia, ex y actual Director General de Formación de Maestros del Ministerio de Educación.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- Fragmento 6
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 8
- II.2.
- II.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- Los requisitos formales,
- la prueba documental que la parte accionante debe acompañar a su demanda o la que señala en su ubicación debe ser idónea es decir original o en su caso legalizada ello no impide
- II.6.1. De la Resolución enviada en revisión
- 29 de septiembre de 2010
- iii) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
- a) Exposición con claridad de los hechos
- el
- POR TANTO