Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 029/2013-RCA-SL
Fecha: 14-Feb-2013
iii) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
Asimismo, adjuntó la prueba en que funda su pretensión en fotocopia simple del memorando Cite ME: ME/VES/DGFM 232/2009 de 24 de diciembre (fs. 2), en original Acta de verificación de documentación elaborada por la Notario de Fe Pública (fs. 1); y, en copia el cite NE:/VE/VES/DGFM 583/2010 de 15 de julio (fs. 3), entre otros antecedentes pertinentes.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- Fragmento 6
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 8
- II.2.
- II.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- Los requisitos formales,
- la prueba documental que la parte accionante debe acompañar a su demanda o la que señala en su ubicación debe ser idónea es decir original o en su caso legalizada ello no impide
- II.6.1. De la Resolución enviada en revisión
- 29 de septiembre de 2010
- iii) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
- a) Exposición con claridad de los hechos
- el
- POR TANTO