SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2013

Fecha: 27-Feb-2013

Fragmento 28

         Tomando en cuenta que lo que denuncia esencialmente la accionante, es la retardación de justicia en la que incurrió el Juez demandado por la dilación y falta de pronunciamiento respecto a las excepciones que opuso dentro del proceso penal al que fue sometida; concierne en este apartado referirse al principio de celeridad y al “ama quilla”, de transcendental importancia en el tema en cuestión, toda vez que éstos son inobservados justamente en situaciones como la presente, en la que se impugna falta de celeridad en la tramitación de los pedidos efectuados en el curso de un proceso penal.