SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2013-L
Fecha: 08-Mar-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por su representada, denunció la vulneración de sus derechos a la igualdad procesal, al trabajo, al debido proceso en sus elementos de falta de motivación, fundamentación y congruencia; extensivo al principio de seguridad jurídica, señalando que el Plenario del Consejo de la Judicatura -ahora Magistratura-, revocó la RA 02/2008 de 21 de octubre, y declaró mediante Resolución 266/2010 de 3 de mayo, la existencia de incompatibilidad funcionaria con relación al ejercicio de las funciones de apoyo jurisdiccional que presta en su condición de Secretaria del Juzgado Primero de Partido en lo Civil del Distrito Judicial -ahora departamento- de Tarija, respecto al cargo de Juez Técnico del Tribunal de Sentencia de la localidad de Bermejo que cumple su tío Clay Ramírez Fernández, con quien se encuentra unida por lazos consanguíneos en tercer grado, reclamando que los demandados, con anterioridad, en casos similares, favorecieron a otros funcionarios judiciales, admitiendo la compatibilidad de sus funciones, en virtud a que no ejercían funciones en un mismo Tribunal o en dos Tribunales o Juzgados inmediatos en grado, interpretación que omitieron y modificaron en detrimento suyo. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.El derecho a la igualdad y su multidimensionalidad jurídica constitucional
- III.3.Normativa aplicada
- III.4. Deber de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales o administrativas y su vínculo con el debido proceso
- debido
- Fragmento 19
- III.5. La protección del derecho al trabajo
- III.6. Posición jurisprudencial del Tribunal Constitucional Plurinacional en relación a la seguridad jurídica
- III.7. Análisis del caso concreto
- III.7.1. En cuanto al derecho a la igualdad
- III.7.2. En cuanto al deber de fundamentación y motivación y su vínculo con el debido proceso
- CONFIRMAR