SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2013-L
Fecha: 08-Mar-2013
III.5. La protección del derecho al trabajo
Por su parte, la SC 1580/2011-R de 11 de octubre, estableció el derecho al trabajo como: '…la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia. (…) la propia Ley Fundamental establece el límite del mismo al señalar expresamente que tal derecho debe ejercerse de manera que no afecte el bien común ni el interés colectivo…'.
De la misma forma el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, en el artículo 6.1, señala: 'Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, y tomarán medidas adecuadas para garantizar este derecho'.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.El derecho a la igualdad y su multidimensionalidad jurídica constitucional
- III.3.Normativa aplicada
- III.4. Deber de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales o administrativas y su vínculo con el debido proceso
- debido
- Fragmento 19
- III.5. La protección del derecho al trabajo
- III.6. Posición jurisprudencial del Tribunal Constitucional Plurinacional en relación a la seguridad jurídica
- III.7. Análisis del caso concreto
- III.7.1. En cuanto al derecho a la igualdad
- III.7.2. En cuanto al deber de fundamentación y motivación y su vínculo con el debido proceso
- CONFIRMAR