SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

III.4.  De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución

Tomando en cuenta que el Tribunal Constitucional Plurinacional, en base a los principios de previsibilidad y seguridad jurídica, se encuentra facultado para dimensionar los efectos de las resoluciones constitucionales emitidas; corresponde en el caso presente, dimensionar los efectos del presente fallo, por la existencia de la inicial concesión que pudo haber generado efectos jurídicos, los cuales hoy podrían verse afectados. En este sentido se dispone, que si se hubiese restituido a las personas al inmueble del que fueron desapoderadas, se hubiera dejado sin efecto la orden de desapoderamiento que ya fue ejecutado y se hubiese anulado obrados hasta que el Juez resuelva las oposiciones planteadas, todas esas determinaciones quedarán válidas y subsistentes, así como las actuaciones posteriores, máxime si desde la interposición de la acción de amparo constitucional a la fecha, transcurrieron más de dos años, sin que el presente caso haya sido resuelto por razones no imputables a las partes, ni a este Tribunal.