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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2013-L

    Fecha: 12-Mar-2013

    II.4.

    II.4.  El informe complementario de 29 de enero de 2009, correspondiente a la Revisión de los informes económicos de las gestiones 2007 - 2008, firmado por Raúl Fuentes Nina y Ricardo Pedro Saavedra Quinteros, dirigido a la Asamblea General de la Diablada Ferroviaria, a través del cual se hizo conocer la recepción de información y documentación de respaldo en copias y en forma incompleta  (fs. 23 a 24).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • “conceder”
    • Fragmento 6
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • debido proceso
    • Aunque se reconoce constitucionalmente como un derecho autónomo, uno de los elementos esenciales del debido proceso es sin duda el derecho a la defensa. En la doctrina se ha definido el derecho a la defensa
    • Respecto a la presunción de inocencia se debe señalar que la doctrina concibe que es una garantía procesal básica componente del debido proceso
    • III.3. El régimen disciplinario, establecido en el Estatuto y el Código de sanciones de la Diablada Ferroviaria de Oruro
    • quedarán suspendidos los involucrados mientras el tribunal de honor resuelva el caso
    • Fragmento 24
    • 2º

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