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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2013-L

    Fecha: 12-Mar-2013

    II.8.

    II.8.  El 10 de diciembre de 2010, Norberto Borda Ricaldez, Presidente del Honorable Concejo Municipal de El Torno, emite la Resolución 128/2010, en la que resuelve: “Artículo 1º.- Rechazar la denuncia de fecha 13 de septiembre del presente, instaurada por el señor MÁXIMO PEÑA ALVIS, contra la Concejal Titular JOVITA PABLITA HURTADO DE ARANA…” (sic) (fs. 104 a 105).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • Fragmento 7
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2. El derecho al debido proceso
    • III.2.1. Elementos esenciales del debido proceso
    • III.3. Normas aplicables al caso concreto
    • III.4. Análisis del caso concreto

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