SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que el 20 de septiembre de 2010, Luis Orlando Camacho Siles presentó una denuncia en su contra por la supuesta infracción a la Ley de la Abogacía y del Código de Ética Profesional para el Ejercicio de la Abogacía, en la que habría incurrido la ahora accionante en su condición de Abogada, al presentar una querella en contra suya sin cumplir con el requisito previo de “licencia” del ICAC. Afirmó que celebrada la audiencia de conciliación el 24 de noviembre de 2010, no se llegó a ningún acuerdo y posteriormente presentó un memorial de 30 del mismo mes y año, pidiendo se rechace la denuncia por temeraria; sin embargo, mediante Auto de 4 de abril de 2011, los ahora demandados resuelven declarar procedente la denuncia planteada por Luis Orlando Camacho Siles sin una debida y exigible motivación.