SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2013

Fecha: 06-Mar-2013

2)  Acreditar por cualquier medio legítimo, los actos o medidas circunscritos a las vías de hecho, que se hubieran ejercido sobre o en relación a la titularidad o dominialidad del bien inmueble urbano o rural, es decir: a)

2)  Acreditar por cualquier medio legítimo, los actos o medidas circunscritos a las vías de hecho, que se hubieran ejercido sobre o en relación a la titularidad o dominialidad del bien inmueble urbano o rural, es decir: a) Acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica; es decir, en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos; y, b) Estar circunscrita a aspectos que no impliquen la existencia de hechos controvertidos a ser sustanciados por la jurisdicción ordinaria (Fundamento Jurídico III.4 de la SCP 0998/2012).