SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2013

Fecha: 08-Mar-2013

II.2.

II.2. El 1 de noviembre de 2012, funcionarios policiales de Chulumani certificaron que el 30 de octubre de 2012, a solicitud verbal de Mary Luz Irusta Villazante se constituyeron en la tienda ubicada en calle Murillo, verificando que la puerta de la misma se encontraba asegurada con dos candados adjuntando al efecto copias de placas fotográficas de la puerta (fs. 4), manifestando al respecto la denunciante que uno de los candados fue colocado por los propietarios de la tienda por motivos de alquiler, mencionando además que en el interior de la tienda había mercadería consistente en carne de res y pollo, verduras y otros (fs. 3).