Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2013
Fecha: 13-Mar-2013
Fragmento 16
Es importante dejar claramente establecido, que la accionante solicitó la tutela de su representada, denunciando que las medidas de hecho asumidas por los demandados fue ilegal, ya que ha demostrado ser propietaria de las parcelas de lotes de terreno ubicados en la zona nor-este, radio urbano menor de la localidad de Arroyo-Concepción, registrado bajo el folio computarizado 7.14.0.00.0000160, cuya titularidad de dominio es de Carmen León Gorena, por lo que se concluye que se ha cumplido con lo expresado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; es decir, que ha acreditado fehacientemente su derecho propietario.
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos de hecho de la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional entre personas particulares
- III.3. Sobre el derecho a la propiedad
- III.4. Sobre las medidas de hecho en amparo constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- ejercer el control de constitucionalidad y precautelar el respeto y vigencia de los derechos y garantías constitucionales”
- III.5.2. Respecto a la legitimación pasiva de Miguel Ángel Santos Moreno
- CONFIRMAR