Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2013
Fecha: 13-Mar-2013
II.6.
II.6. El 24 de octubre de 2012, la Cooperativa de Servicios Públicos “6 de octubre Ltda.” de Puerto Quijarro, certifica que según registro del sistema de base de datos y el informe del departamento técnico de la institución, se demuestra que no existe ninguna acción de agua potable a nombre de Miguel Ángel Santos Moreno (fs. 61).
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos de hecho de la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional entre personas particulares
- III.3. Sobre el derecho a la propiedad
- III.4. Sobre las medidas de hecho en amparo constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- ejercer el control de constitucionalidad y precautelar el respeto y vigencia de los derechos y garantías constitucionales”
- III.5.2. Respecto a la legitimación pasiva de Miguel Ángel Santos Moreno
- CONFIRMAR