SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2013

Fecha: 13-Mar-2013

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Consecuentemente, se concluye que el derecho a la defensa constituye un mandato constitucional dirigido a los órganos encargados de administrar justicia como un elemento fundamental del debido proceso, constituyéndose en un derecho inviolable, a fin de que la persona encuentre bajo el principio de igualdad jurídica de las partes, la oportunidad de ejercitar en similares de condiciones y sin restricción alguna, aquel derecho fundamental a la defensa.

Este derecho y a la vez garantía, adquiere mayor relevancia en situaciones en las que además la parte se ve afectada con la imposibilidad de ejercer defensa por sí misma, por no entender ni comprender el idioma en el que se sustancia el proceso. Obviar esto, implica anular en forma completa este derecho a las personas que se encuentran en esta situación; en virtud de ello, es que la Constitución ha establecido el derecho a un intérprete que se hace extensible bajo el principio de progresividad al derecho a ser juzgado en el idioma.