SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2013

Fecha: 13-Mar-2013

II.6.

II.6.  La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, mediante Auto Nacional Agroambiental “S 2ª Nº” 035/2012 de 2 de agosto, declaró infundados los recursos de casación y/o nulidad interpuesto por la accionante, expresando los siguientes argumentos: 1) Se establece que del análisis de la Sentencia recurrida se efectuó la debida compulsa de las pruebas, habiendo resuelto de forma congruente la pretensión deducida; y, 2) Con referencia a la falta de firma del Secretario en la Sentencia alegado por los recurrentes, advirtió que tanto el acta de lectura de Sentencia como la misma, se encuentran firmadas por el Juez Agrario de Quillacollo y el Oficial de Diligencias en suplencia legal del Secretario, quien podría firmar avalado por el propio Juez, lo cual no implicaría nulidad de actuados, porque si la violación no es trascendente, no existe esta figura; además, al no haber sido reclamada en su oportunidad, queda confirmada por el consentimiento tácito (fs. 21 a 23 vta.).