SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2013

Fecha: 13-Mar-2013

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

La accionante a través de sus representantes, con mandato alega la vulneración de los derechos a ser asistida por un abogado defensor o defensa técnica, al debido proceso, a la igualdad de las partes en juicio, a la “seguridad jurídica” y a designarle un traductor o intérprete en juicio, citando al efecto los arts. 24; 109.I; 115.II; 119.I y II; 120.II y 122 de la Constitución Política del Estado (CPE); 2, 24 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADDH); 1, 7, y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); 2, 3, 14.3 inc. f), 17 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8, 14, 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica” (CADH).