SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2013

Fecha: 13-Mar-2013

i)

La Resolución se basó en los siguientes fundamentos de relevancia jurídica constitucional: i) Se evidencia que la Resolución 186/11, revoca la Resolución de sobreseimiento de 30 de mayo de igual año, misma que fue impugnado por el accionante mediante Recurso Jerárquico, emitiéndose la providencia de 8 de mayo de 2012, que declaró no ha lugar a la solicitud, por no ajustarse a procedimiento, razón por la que al haberse rechazado la última instancia, se evidencia el cumplimiento del principio de subsidiaridad; ii) En el presente caso el acto de omisión se encuentra en la falta de fundamentación de la resolución impugnada, lo que conlleva una infracción del art. 73 del CPP; iii) El informe de la autoridad demandada, señala que la Resolución de sobreseimiento de 30 de mayo de 2011, no cuenta con debida fundamentación legal exigida, en función a que de la revisión de los análisis y antecedentes del cuaderno de investigación, existen elementos de convicción que permitirían fundar la acusación; afirmación que carece de justificación, pues se omitió fundamentar cada punto de hecho concreto; y, iv) El Tribunal de garantías no puede entrar a revalorizar las pruebas, simplemente considera que no ha existido una correcta fundamentación en la decisión tomada por el Ministerio Público, no se está considerando si se debe o no sobreseer al imputado.