Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2013
Fecha: 13-Mar-2013
II.1.
II.1. Según Resolución Conclusiva de Sobreseimiento Fiscal de 30 de mayo de 2011, pronunciada por el Fiscal de Materia Ramiro Núñez Daza, dentro del proceso penal seguido por el delito de tráfico de sustancias controladas , previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley 1008, caso “SC-B-508/11”, a favor de Juan Montaño López -ahora accionante-, fundamentando que por la requisa tanto personal como del vehículo, no se le encontraron sustancias controladas, y que el micro aspirado estableció que no existirían partículas de cocaína dispersas en el interior del vehículo requisado (fs. 3 y 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Los elementos de convicción de la responsabilidad penal del imputado y su carácter provisional en la etapa preparatoria
- III.1.2. Naturaleza y fines de la etapa intermedia en el proceso penal: El control de la acusación y su regulación procesal
- Fragmento 13
- III.3. La autolimitación de la justicia constitucional y la interpretación de la legalidad ordinaria del requerimiento conclusivo
- III.4. El deber de fundamentación de la resolución de fondo
- cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiéndose expresar las convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR