Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2013
Fecha: 25-Mar-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 15 de 13 de agosto de 2012, cursante de fs. 515 a 516, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, de acuerdo a lo dispuesto por el Tribunal de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho a la fundamentación de decisiones, como elemento esencial del derecho al debido proceso
- III.3. La valoración de la prueba como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria y administrativa
- III.4. El principio procesal de la verdad material
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1)
- i)
- ii)
- iii)
- se apartaron de los marcos legales de razonabilidad al momento de realizar la labor interpretativa
- CONFIRMAR