SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

II.4.

II.4.  Por Informe DJ 048/10 de 12 de enero de 2010, presentado por Fernando Vargas Soria, Director Jurídico de la Municipalidad a Cresencio Fuentes Arze Director de Recursos Humanos, se evidencia que el ahora representado no ingresó a la institución de acuerdo al art. 18 de las Normas Básicas de Administración de Personal ni está amparado por la Ley General del Trabajo por lo que fue restituido en sus funciones mediante memorando 01607 de 30 de diciembre de 2009, en uso de las facultades de libre remoción y libre designación que tiene la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la institución municipal, tomando en cuenta además que la parte dispositiva de la Resolución 19/2009 no menciona el pago de salarios devengados por lo que referido Director Jurídico, consideró improcedente  atender la nota del ahora representado de 30 de octubre de 2009 (fs. 22).