Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
II.6.
II.6. Por memorial de 25 de marzo de 2010, el ahora representado solicitó el pronunciamiento de la Resolución Ejecutiva a la Alcaldesa Municipal de la provincia Cercado, quien de forma posterior pronunció la Resolución Ejecutiva 439/2010 de 17 de septiembre, por la que declaró improcedente la solicitud de pago de salario y duodécimas de aguinaldo correspondiente a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2009 (fs. 27 a 29).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el cumplimiento de resoluciones constitucionales
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Del cumplimiento de la
- CONFIRMAR