Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
II.8.
II.8. Mediante memorial de 29 de noviembre de 2010, Jorge Eduardo Chávez Vera interpuso recurso jerárquico que fue declarado improcedente a través de la Resolución Municipal 5615/2011 de 25 de enero, suscrita por Ninoska Lazarte Caballero y Julio Cesar Baldivieso Rico, Presidenta y Secretario, respectivamente del Concejo Municipal de Cochabamba confirmándose la Resolución Ejecutiva 439/2010 y el Auto de 4 de noviembre de 2010 (fs. 33 a 41).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el cumplimiento de resoluciones constitucionales
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Del cumplimiento de la
- CONFIRMAR