SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de sus derechos y garantías a la "prohibición de doble juzgamiento y doble sanción", a la "irretroactividad de la ley", al debido proceso, al trabajo, a la inamovilidad y estabilidad laboral de la mujer embarazada, por cuanto siendo funcionaria de EMAO, fue sancionada con tres días de descuento de haberes por presunta infracción de la norma administrativa; posteriormente, se le inició un proceso administrativo, volviéndola a sancionar esta vez con la destitución de su fuente laboral, a cuya consecuencia planteó recurso de revocatoria, el mismo que mereció la Resolución que ratificó la sanción de primera instancia, por tal hecho interpuso recurso jerárquico obteniendo la Resolución 01/2011 de 4 de abril de 2011, que sin ninguna motivación ni fundamentación, ratificó la referida sanción; concluido el proceso interno se percató de su estado de gravidez por lo que acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo donde se emitió una conminatoria para la reincorporación a su fuente laboral y el pago de sueldos devengados. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2. Sobre el debido proceso y la motivación de las resoluciones
- III.3. Respecto a la vulneración del principio "non bis in ídem"
- Este principio no es aplicable exclusivamente al ámbito penal, sino que también lo es al ámbito administrativo, cuando se impone a un mismo sujeto una doble sanción administrativa, o cuando se le impone una sanción administrativa y otra penal pese a existir las identidades antes anotadas
- III.4. Inamovilidad laboral de la mujer embarazada y postergación de la sanción impuesta hasta un año del nacimiento de su hijo
- III.5. Sobre el derecho al trabajo
- La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público. Se determinará por proceso interno
- ética
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER