Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2013-L

    Fecha: 08-Abr-2013

    II.3.

    II.3.  Por memorándum de agradecimiento 01/2010 de 30 de noviembre, José Luis Pereira García, Director del Hospital de Riberalta comunicó a la accionante que por reorganización institucional y en cumplimiento a normas vigentes cesa de sus funciones en la Jefatura de Enfermería del Hospital Riberalta y que su designación “queda a cargo de la Coordinación de la Red de Salud  07 Riberalta” (fs. 30).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1.Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.3.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
    • III.3.Sobre el estatuto de los trabajadores en salud pública
    • III.4. Sobre el subsistema de movilidad de recursos humanos
    • III.5. Sobre los procedimientos administrativos y supervisión del régimen de carrera
    • III.6.
    • III.6.1. Del agotamiento de los recursos administrativos en contra los actos lesivos a la accionante
    • III.6.2. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva          de la presente Resolución
    • 1º  REVOCAR
    • 2°

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca