SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2013-L

Fecha: 10-Abr-2013

concedió

El Juez de Partido y de Sentencia Penal de Puerto Suárez del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 04/011 de 12 de marzo de 2011, cursante de fs. 45 a 46 vta., concedió la tutela solicitada, ordenando la devolución del vehículo secuestrado con las características que anota el acta de 2 de marzo de 2011, elaborado por el policía Antonio Zabala Mancilla; bajo los siguientes fundamentos: a) El 1 de marzo de 2011, el policía Leonardo Nelson Uria Pantoja interceptó al esposo de Diana Yudith Terrazas Pedraza, ahora accionante, bajo el argumento de que el vehículo que conducía era robado, el que fue llevado a las oficinas de DIPROVE, donde su Director al enterarse que no se trataba de ese delito sino de estafa o abuso de confianza de un tercero, en lugar de liberar el vehículo lo remitió a la FELCC, donde fue recibido por el policía Antonio Zabala Mancilla, que elaboró un acta de secuestro; y, b) En ambos casos no se actuó conforme a ley, vulnerando de esa manera los derechos y garantías constitucionales, de la parte accionante, ya que ni la policía, ni el Ministerio Público, pueden actuar al margen del control jurisdiccional instancia que puede ordenar un secuestro. Las fuerzas del orden solamente están facultadas para aprehender a una persona o secuestrar cuando se trata de una flagrancia, lo que no ocurre en el caso que nos ocupa; puesto que un tercero habría cometido el delito de acción privada contra el que, Marco Antonio Valdivia Vaca, formalizó denuncia de estafa.