SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
posteriormente solicitó en varias notas dirigidas al referido Fiscal recurrido, la devolución del vehículo
Conforme cursa en obrados se evidencia que dentro del proceso penal seguido en contra del recurrente ahora accionante, el Fiscal recurrido, ordenó el secuestro de su motorizado el 31 de julio de 2008, de acuerdo a las atribuciones previstas en el art. 186 del CPP; posteriormente solicitó en varias notas dirigidas al referido Fiscal recurrido, la devolución del vehículo y éste decretó que previamente el investigador del caso informe sobre el estado del motorizado; ahora bien, si el accionante no estaba satisfecho con lo manifestado por el Fiscal y consideraba ilegal esta situación, debió tramitar un incidente ante el Juez cautelar para la devolución de su vehículo, lo cual de acuerdo a obrados, no lo hizo, nunca acudió ante el Juez cautelar, a cargo de la investigación a solicitar el respectivo incidente de acuerdo a lo previsto en el art. 189 del CPP, toda vez que de conformidad con lo dispuesto por los arts. 54 y 279 del CPP el control jurisdiccional en la etapa preparatoria del proceso penal corresponde al juez cautelar, autoridad competente para conocer las denuncias sobre supuestos actos ilegales que impliquen la amenaza, restricción o supresión de derechos y garantías constitucionales y que pudiesen ser cometidos por el Ministerio Público o la Policía.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria
- III.2. Debe acudirse ante el representante del Ministerio Público y ante Juez Cautelar encargado de la fase investigativa, con anterioridad a la presentación de la acción de amparo constitucional
- vehículos
- posteriormente solicitó en varias notas dirigidas al referido Fiscal recurrido, la devolución del vehículo
- pues al margen de acudir ante el fiscal que ordenó el secuestro de un vehículo, ante la controversia del derecho propietario sobre el motorizado que se reclama como suyo, también podía y debía acudir ante el Juez a cargo del control jurisdiccional vía incidente
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- pero el supuesto aviso de investigación fue presentado al juzgado 1ro.
- II.
- III.4. Del dimensionamiento de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución
- 2°