SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2013-L
Fecha: 13-May-2013
1)
El accionante mediante su abogado, en audiencia se ratificó íntegramente en el contenido del memorial de amparo; y, ampliándolo en audiencia, señaló que: 1) Oscar Guerrero Peñaranda, fue designado “para dicha compulsa” (sic), ante la ausencia del Director Departamental de Educación, para que actúe en su representación; 2) A fin de desvirtuar lo manifestado por la parte demandada, presentó el título de diplomado del ahora accionante, así como las certificaciones que acreditan que el mismo cuenta con experiencia profesional suficiente; 3) Dentro de los requisitos de la convocatoria, no se establece el ser parte del Colegio de Contadores; 4) Por lo que solicitó que se declare procedente la acción de amparo constitucional con costas a su favor; y, 5) Se anule la Resolución en la que se declara desierta la convocatoria, se dé posesión inmediata en el cargo al ahora accionante y “se de curso a lo establecido por la comisión calificadora” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad y supletoriedad de la acción de amparo constitucional
- ARTÍCULO 65° (Plazo y Alcance de la Resolución).-
- IV.
- III.
- III.4.
- CONFIRMAR