SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2013-L

Fecha: 16-May-2013

III.4.

Los accionantes, alegan que las autoridades ahora demandadas, vulneraron sus derechos a la “seguridad jurídica” y la garantía del debido proceso, toda vez que el Juez Tercero de Instrucción en lo Civil, a tiempo de emitir la sentencia 33/2010, dentro del proceso de reivindicación iniciado en su contra, no tomó en cuenta los requisitos de procedencia de dicho instituto jurídico, afectando de esa manera -incluso- el derecho a la defensa de Carlos Fuad Afcha Farjan, quien detenta el derecho propietario del inmueble señalado, ya que sus personas, solo eran simples cuidadores del inmueble en cuestión; la Jueza Séptima de Partido en lo Civil y Comercial, vulneró sus derechos, al emitir el Auto de Vista 38/2010, de manera escueta y con una vaga relación de los antecedentes, además de no haberse manifestado sobre los extremos mencionados en el memorial de recurso, haciendo caso omiso a las denuncias efectuadas y los agravios sufridos; para finalmente, los Vocales de la Sala Civil Primera, mediante AS 010/2011, señalaran que no era posible viabilizar el recurso de casación, debido a que no se habría manifestado si el mismo era en la forma o en el fondo; sin embargo, contradictoriamente ingresaron a revisar los antecedentes del proceso en cuestión.