SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2013-L

Fecha: 21-May-2013

a)

El accionante, mediante su abogado, en su audiencia, reiteró los fundamentos de su demanda de acción de libertad, asimismo agregó: a) La autoridad ahora demandada, a través de decreto de 24 de agosto de 2011, dispuso audiencia pública para el 25 del mismo mes y año, toda vez que hasta entonces aún no se había recibido el informe solicitado respecto a los escoltas que debían resguardar su domicilio. Con esa actitud la autoridad demandada continúa prolongando su detención indebida; b) Las autoridades jurisdiccionales deben procurar que se cumplan con sus decisiones; y, c) La autoridad demandada prolonga las audiencias, las suspende, señala cuartos intermedios esperando respuestas, sin siquiera conminar a las autoridades policiales a que den las respuestas requeridas en un plazo razonable.