SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2013-L
Fecha: 21-May-2013
II.1.
II.1. El Auto interlocutorio 507/2011 de 30 de julio, pronunciado en audiencia por la autoridad ahora demandada, dentro de proceso penal seguido por el Ministerio Público y el representante del Ministerio de Gobierno como querellante particular, contra Carlos Adrian Loza Gutiérrez -ahora accionante- por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y uso indebido de influencias previstos y sancionados por los arts. 154 y 146 del Código Penal (CP), ante la imputación formal del Ministerio Público, que pedía la aplicación de la detención preventiva, dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, ordenando su detención domiciliaria, toda vez que dicha autoridad estimó que existían suficientes elementos racionales que hacían ver que el hecho acusado se dio, así como que existía el riesgo de obstaculización, pero indicó que no se acreditó el riesgo de fuga. Finalmente, dispuso que dicha detención domiciliaria debía cumplirse con escolta policial, arraigo y dos garantes con domicilio y fuente de trabajo conocidos. Asimismo, previa a dicha determinación, el imputado interpuso incidente de aprehensión ilegal, pues el 27 de julio del 2011, fue aprehendido por el Jefe de seguridad de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, “Teniente Acosta”, denunciando que dicha detención fue arbitraria, habiendo el Juez de la causa, en base al informe de acción directa del referido efectivo policial, declarado improbado dicho incidente, y, por tanto, legal la referida aprehensión (fs. 9 a 16).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- Fragmento 17
- III.2. Demora injustificada de un Juez en resolver la situación de un aprehendido
- III.2.1. Sobre el principio de dirección judicial del proceso
- Fragmento 20
- III.3. Del principio procesal de celeridad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONCEDER
- 2º