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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2013-L

    Fecha: 27-May-2013

    II.1.

    II.1.  Memorándum DESP.PREF. 440/2008 de 11 de agosto, emitido por Savina Cuellar Leaños, Prefecta y Comandante General del Departamento de Chuquisaca, por el cual realiza designación de funciones al ahora accionante, como profesional de la Dirección de Área de Análisis y Gestión Jurídica, con el ítem 4106 y nivel salarial 6 (fs. 1).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • d)
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • c)
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de
    • III.2.  Improcedencia de la acción de amparo por falta de inmediatez
    • El cómputo del plazo de los seis meses para la interposición de la acción de amparo, es desde la notificación con la resolución o auto de vista que agota la vía, dado que ha sido el último actuado idóneo.
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • 2º

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